Artículo
47. Estrategia Atención integral a poblaciones especiales
para el desarrollo humano
A partir de
la ejecución de Políticas Públicas diferenciales; alianzas de cooperación
interinstitucional; coordinación con otros niveles de gobierno y la vinculación
de diferentes entidades públicas y privadas se ejecutarán estrategias,
programas y proyectos orientados a la intervención, atención integral y
proyección personal de poblaciones en condiciones especiales de vulnerabilidad.