lunes, 3 de junio de 2013

EL UNIVERSO DE LAS VERDADERAS VÍCTIMAS Y EL PROTOCOLO DE PARTICIPACIÓN


Expedida la Resolución 0388, del 10 de mayo de 2013, que reglamenta y direcciona la participación de las VÍCTIMAS del conflicto armado interno en los escenarios de política pública, en mi modesta y humilde opinión, creo que quedaron inmensos vacíos en la reglamentación.



Los delitos agrupados:

2 Cupos para postulados por delitos contra la vida y la libertad, HOMICIDIO, MASACRE SECUESTRO Y DESAPARICIÓN FORZADA.
2 Cupos para delitos contra la integridad física.
2 Cupos para violencia sexual.
8 Cupos para víctimas de desplazamiento forzado, de los cuales mínimo 4 deben ser mujeres.
1 Cupo para representantes LGTBI.
1 Cupo para Organizaciones de mujeres víctimas.
1 Cupo para representantes de Jóvenes Víctimas.
1 Cupo para adultos mayores víctimas mayor de 60 años.
1 Cupo para representante victima con discapacidad.
1 Cupo para comunidades indígenas.
1 Cupo para comunidades Afrodescendientes.
1 Cupo para comunidades ROM, O Gitanas.
2 Cupos para las organizaciones defensoras de derechos de las víctimas.




El análisis juicioso del presente protocolo, sin necesidad de ir my lejos, nos deja grandes dudas acerca de la participación misma y el derecho de las víctimas a igualdad de oportunidades, Así las cosas, se quedan sin representatividad legítima en las mesas, LAS VÍCTIMAS DE EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES, o ‘falsos positivos’, LOS SINDICATOS, LOS VEEDORES, LOS PERIODISTAS, LOS MILITARES Y POLICÍAS VÍCTIMAS, LOS PARTIDOS POLÍTICOS, LOS RESIDENTES EN EL EXTERIOR, LAS VÍCTIMAS DE MINA ANTIPERSONA, LAS VÍCTIMAS DE DESPOJO DE TIERRAS Y LAS VÍCTIMAS PRIVADAS DE LA LIBERTAD y LOS NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES, quienes será representados por JÓVENES. 

Lamentablemente las discusiones no llegaron a fondo, pues la población desplazada, cuyo liderazgo histórico empieza a ejercerse desde  la ley 387 de 1997, es decir casi y durante 16 años o más, en contraste con las otras víctimas como las de los falsos positivos, la misma violencia sexual o el reclutamiento de menores. APABULLO, los debates, centrándolo en LOS INCENTIVOS A LÍDERES, forzando al gobierno y a la Unidad de Víctimas a expedir esta resolución que poco tiene de INCLUYENTE, ocurre porque algunos LÍDERES, quieren migrar de espacio en espacio, de reunión en reunión, quieren ser LGTBI, VÍCTIMAS DE MINA, DEFENSORES DE DERECHOS HUMANOS, DESPOJADOS, ABUSADOS Y TODO LO QUE LES SEA PERMITIDO VICTIMIZARSE.

Esto ocurre porque se creó EL DERECHO mas NO el deber, si bien es cierto por su condición de responsables de la seguridad y la garantía de los derechos constitucionales,  el Estado en su conjunto debe RESPONDER SOLIDARIAMENTE, por la seguridad, estabilidad y todo el conjunto de los derechos constitucionales.

Cierto es también que es la GUERRILLA , LOS PARAMILITARES, en su gran mayoría los responsables del fenómeno del desplazamiento forzado, desafortunadamente esos 4 millones de víctimas de desplazamiento forzado no coinciden con el número de denuncias presentadas por estos crímenes.

Así las cosas, a quién o quiénes ha de juzgarse si no existen denuncias contra el desplazamiento forzado y las que existen no compensan las cifras registradas tanto por el estado como por las mismas organizaciones de la sociedad civil…hay millares de desplazados, pero cientos y escasas las denuncias contra este flagelo, ¿podríamos deducir atrevidamente que las victimas de desplazamiento no denuncian?, que la Fiscalía no tiene bases actualizadas del delito o que las victimas no denuncian?

Y si no denuncian, ¿porqué en contraprestación a esto sí lo hacen las víctimas de desaparición forzada, minas anti-persona u homicidios?, valdría la pena hacer un análisis profundo serio y humano sobre la realidad de este fenómeno, encontrarse ante la posibilidad de que el 10 por ciento de nuestra población se encuentre censada como DESPLAZADA, es necesariamente vergonzoso y deja mucho qué autocriticarse en estos tiempos modernos, donde el acceso a la justicia puede hacerse desde la Internet, cuando ya no es necesario que la víctima se presente físicamente a rendir una declaración respecto del delito presunto…cuando abundan por doquier asociaciones, fundaciones defensores de derechos humanos y ongs que invierten multimillonarias cifras en prevenir y mitigar ese flagelo….

¿Es el desplazamiento forzado una crisis humanitaria? o se ha convertido en una opción de vida para algunas personas que han descubierto las ventajas, quizás no optimas de sobrevivir y que esta posibilidad u opción de vida es también rentable como lo es REPRESENTAR LOS INTERESES DE LOS DESPLAZADOS, puede parecer impopular pero analicemos estas cifras oficiales y encontrémonos con la posibilidad de que las cifras que nos dan, no sean reales o hayan sido SUPERIORES a la eventual realidad.

Estadísticas Unidad Nacional de Fiscalías para la Justicia y Paz
Gestión de la Unidad Nacional de Fiscalías para la Justicia y la Paz a 01 de diciembre de 2012.
Hechos confesados y víctimas relacionadas

Total hechos confesados
39.546
Total víctimas relacionadas en hechos confesados
51.906

Principales delitos en hechos confesados

Masacres
1.046
Homicidio
25.757
Reclutamiento ilícito
1.618
Desaparición forzada
3.551
Desplazamiento forzado
11.132
Extorsión
1.168
Secuestro
1.916
Violencia sexual
96
Tortura
773
Tráfico, fabricación o porte de estupefacientes
65

Transmisiones de versiones libres

Municipios a donde se ha llevado la transmisión en directo de las versiones libres
846
Días de transmisiones en directo
2.965

Garantías de no repetición

Postulados que mediante declaración pública han reestablecido la dignidad de la víctima
313
Postulados que han pedido perdón a las víctimas
1.173
Postulados que han manifestado públicamente su arrepentimiento
1.083
Postulados que han prometido no repetir las conductas punibles
1.143

Casos compulsados a la justicia ordinaria

Políticos
1.124
Miembros de las Fuerzas Armadas
1.023
Servidores públicos
393
Terceras personas y desmovilizados
10.329
Total
12.869

Postulados con imputación, formulación de cargos y legalización de cargos

Postulados a quienes se presentó escrito de solicitud de audiencia de imputación
1.126
Postulados a quienes se presentó escrito de solicitud de audiencia de formulación de cargos
628
Postulados que terminaron formulación de cargos en espera de realización de audiencia de control de legalidad
292
Postulados a quienes se les ha realizado audiencia de legalización de cargos
128
Postulados en Incidente de Reparación
11
Postulados con sentencia en Justicia y Paz
14
Sentencias Primera Instancia
14
Sentencias Segunda Instancia
9

Entonces… ¿Porqué no se ha denunciado los millones de víctimas restantes? ¿Qué ocurriría frente a las negociaciones de paz y a quién se le juzgará por los crímenes derivados del desplazamiento forzado? Los victimarios quedarán impunes, mientras nosotros los ciudadanos cargamos el peso de REPARAR SOLIDARIAMENTE a la población victima.

Resolución del protocolo de participación para la víctimas del conflicto armado interno. Capítulo III, Articulo 6 numeral i

Enfoque por hecho victimizante: TODAS LAS VÍCTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO TENDRÁN IGUALDAD DE CONDICIONES PARA EJERCER EL DERECHO A LA PARTICIPACIÓN EN EL MARCO DE SUS  PARTICULARES CONDICIONES Y NECESIDADES ESPECIFICAS.

¿Garantiza eso la resolución del presente protocolo?
NO, de ninguna manera. De hecho, viola TODOS LOS DERECHOS, y entre ellos el principal, el de MANTENERSE A SALVO, EL DERECHO A LA INTIMIDAD, ¿cómo es posible que para poder participar se le exija a las víctimas EMPADRONARSE, mediante las Cámaras de Comercio, donde por 4100 pesos cualquier ciudadano accede a la información de la organización, poniendo en evidente riesgo a sus representantes miembros, y demás? …¿no es eso violatorio y riesgoso?

¿Es coherente, poner en un mismo escenario de discusión, a un militar víctima de mina antipersona o de secuestro, con una madre víctima de una ejecución extrajudicial?, no debió primero sensibilizarse, antes de discutirse y hacerse por hechos victimizantes al fin de no MEZCLAR a las víctimas unas con otras y evitar enfrentamientos?

¿Es legítimo que se le exija a las víctimas, CONSTITUIRSE COMO UNA ONG, asociación, organización, y que el hecho victimizante se EXPONGA ante otras víctimas de otros delitos, con el agravantes de ser VISIBILIZADAS, ante desconocidos?

¿Cómo puede lograrse que las mujeres víctimas de abuso sexual se sientan seguras o cómodas frente a otras víctimas?

¿Puede una madre o padre víctima de un falso positivo interactuar con un militar víctima de secuestro sin ver en el uniformado al victimario?

¿Puede una víctima de los paramilitares, sentirse preparada para interactuar frente a los escenarios planeados?

¿Quién va a garantizar la salvaguarda de la información reservada, la Personería, se responsabilizara de dicha información, son los escenarios físicos, académico y pedagógicos sin definir con certeza aun los apropiados?

Están las victimas preparadas para interactuar en igualdad de oportunidades e incidencia política, diferencial y asertiva frente a las víctimas de desplazamiento forzado?

¿O se han encargado éstos líderes de OPACAR, apabullar, ocupar los derechos de los demás?

¿Por qué los INCENTIVOS, se convirtieron en el TEMA CENTRAL, dejando los verdaderos retos en el tintero?

¿Por qué delitos tan graves como el homicidio, la desaparición forzada, los falsos positivos y el secuestro, están en un sólo escenario y con una mínima participación?
¿Es el protocolo garante de los derechos de las víctimas del conflicto armado, o es una panacea para congraciarse con una población víctima que durante 16 años no ha logrado superar su victimización?


Con consideración y aprecio.

NUBIA FLOR RUSSI.
Defensora de Derechos Humanos.
Foundation of the americas- INC.
Skype: nubia.russi

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