Es víctima toda persona, residente en Colombia o en el exterior, que se ha visto forzada a migrar dentro del territorio nacional abandonando su calidad de residencia o actividades económicas habituales, así como aquella que se encuentra ASILADA O REFUGIADA, porque su vida, su integridad física, su seguridad o libertad personales han sido vulneradas o se encuentran directamente amenazadas con ocasión de cualquiera de las siguientes situaciones:
- Conflicto armado interno.
- Disturbios y tensiones interiores.
- Violencia generalizada.
- Violaciones masivas de los Derechos Humanos.
- Infracciones al Derecho Internacional Humanitario.
- Otras circunstancias emanadas de las situaciones anteriores que puedan alterar o alteren drásticamente el orden público.
Para ser reconocido y atendido como VICTIMAS ya sea una sola persona o un núcleo familiar realice lo siguiente:
- Realice la Declaración de los hechos ante una entidad del Ministerio Público acudiendo a uno de los siguientes puntos de atención: en el caso de los residentes en el extranjero, deberan presentarse en el CONSULADO.
Unidad De Atención Integral A Población Desplazada Uao
Personerías Locales
Centro de Atención al Público CAP - Procuraduría General de la Nación
Defensoria del Pueblo - Una vez realizada la declaración acuda a la Unidad De Atención Integral A Población Desplazada Uao para la valoración de las posibles ayudas a recibir:
La Ayuda Humanitaria de Urgencia: Se ofrece a través de la Secretaria de Gobierno Distrital por medio de las seis Unidades de Atención Integral a Población Desplazada (UAO) de cada ciudad capital, Esta ayuda es otorgada a familias que recientemente han declarado, siempre y cuando no hayan recibido ningún tipo de ayuda por parte de otras entidades municipales. La Ayuda Humanitaria de Urgencia es entregada por una sola vez, una de las siguientes opciones y previa valoración de la situación particular de cada núcleo familiar.
Bono Alimentario: por valor de $150.000 que es canjeable por alimentos y elementos de aseo en los Supermercados CAFAM.
Albergue y atención en el Hogar de paso: Se remite el núcleo familiar por un periodo de 25 días hábiles los cuales incluyen estadía y alimentación.
Operación Prolongada de Socorro y Recuperación (OPSR) - Acción Social, ICBF, Plan Mundial de Alimentos PMA: Entrega de raciones de alimentos dependiendo de la cantidad de personas que componen el núcleo familiar. - Si la respuesta es su inclusión en el Sistema de Información de Población Desplazada (SIPOD) el núcleo familiar tienen derecho a ser atendidos por las entidades del SNAIPD (Sistema Nacional de Atención Integral a Población Desplazada), a través de programas de Atención Humanitaria de Emergencia y de Estabilización Socioeconómica. Si la respuesta es NO Incluido en SIPOD, existen diferentes vías y recursos para apelar la Resolución emitida por Acción Social.
- Si es reconocido por el Sistema de Información de Población Desplazada (SIPOD) realice lo siguiente para obtener la ayuda humanitaria de Emergencia Acción Social:
- Acuda personalmente con su documento de identidad a la Unidad De Atención Integral A Población Desplazada Uao y solicite la ayuda humanitaria de emergencia que brinda Acción Social, para obtener dicha ayuda no debe haber recibido Asistencia Humanitaria de Emergencia por parte de ninguna otra entidad gubernamental o no gubernamental.
Tenga en cuenta:
- Mientras se obtiene la respuesta de reconocer su desplazamiento en el sistema de información de población desplazada, se activa inmediatamente la posibilidad de que la Población Desplazada acceda a los siguientes servicios: Acceso a los servicios de salud del Distrito y Acceso a los servicios de atención y orientación en las Unidades de Atención Integeral a la Población Desplazada (UAO), en caso de ser requeridos.
- La población en situación de desplazamiento, y o HECHOS VICTIMIZANTES DEL CONFLICTO ARMADO INTERNO, cubiertos por la ley 1448 que residentes en todo el territorio nacional. acceder a la siguiente oferta institucional a través de la Unidad de Atención Integeral a la Población Desplaza (UAO):
- Acceso al derecho a la identidad.
- Acceso a la expedición de su libreta militar.
- Acceso para la atención y orientación en salud.
- Acceso a los servicios de asesoría psicológica y atención psicosocial.
- Acceso a programas para la protección de la familia y la niñez.
- Acceso al sistema educativo del distrito.
- Acceso a la educación superior.
- Acceso a los programas de generación de ingresos del distrito.
- Acceso al mecanismo de protección de tierras y patrimonio.
- Acceso a los programas de vivienda para PD en el distrito.
- Estrategias Unidos.
- Acceso al programa "Familias en Acción".
- Acceso a planes de retorno o reubicación.
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